Concepto y aplicación del juicio profesional del contador público

Cuando hablamos de contabilizar de manera correcta las operaciones mercantiles de una entidad, se entiende que estas se deben de contabilizar a “juicio profesional” más no a “juicio personal” siendo este último el que mayormente se ocupa y como consecuencia la contabilidad reflejada a través de una balanza de comprobación arroja errores como:

a) Contabilización de operaciones mercantiles de manera atípicas
b) No contabilizar de acuerdo con normas de información financiera
c) Emisión de balanzas de comprobación en números rojos o contrarios a su naturaleza contable
d) Operaciones no depuradas ni reclasificadas de manera correcta.
e) Entre otros

Contabilizar a juicio profesional se entiende que se aplicarán cincuenta por ciento los conocimientos técnicos de la profesión de contador público y cincuenta por ciento conocimientos adquiridos en la práctica profesional del mismo.

La real academia define el concepto de juicio como:
“Facultad por la que el ser humano puede distinguir el bien del mal y lo verdadero de lo falso”
Mientras que el concepto de profesional nos dice que es el:
“Perteneciente o relativo a la profesión.”

Si queremos tener el concepto de Juicio profesional del contador público tenemos que acudir de manera obligatoria a la norma de información financiera A-1 que nos dice lo siguiente:
El juicio profesional debe ejercerse con un criterio o enfoque prudencial, el cual consiste en seleccionar la opción más conservadora, procurando en todo momento que la decisión se tome sobre bases equitativas para los usuarios de la información financiera. Con objeto de preservar la utilidad de la información financiera, ésta debe contener explicaciones sobre la forma en que se ha aplicado el criterio prudencial, con el propósito de permitir al usuario general formarse un juicio adecuado sobre los hechos y circunstancias que envuelven a la operación sujeta de reconocimiento. El juicio profesional se emplea comúnmente para: 

a) La elaboración de estimaciones y provisiones contables que sean confiables;
b) La determinación de grados de incertidumbre respecto a la eventual ocurrencia de sucesos futuros;
c) La selección de tratamientos contables;
d) La elección de normas contables supletorias a las NIF, cuando sea procedente
e) El establecimiento de tratamientos contables particulares; y
f) Lograr el equilibrio entre las características cualitativas de la información financiera.

Derivado de esta definición, los elementos principales del juicio profesional son:

Conocimientos técnicos: los cuales se adquieren al estudiar una carrera y obtener un título profesional.
Experiencia: siendo la que se genera con el ejercicio de la profesión, ampliando el panorama, obligándolo a mantener una mente abierta para la asimilación de otros conocimientos.

En otras palabras, la norma de información financiera nos dice que debemos de ser prudentes al contabilizar las operaciones mercantiles de una entidad. La real academia nos define el concepto prudente de la siguiente manera: “Ser prudente significa actuar con moderación y cautela”

Es consecuencia en materia contable en la aplicación del juicio profesional debemos de tratar de evitar riesgos y acciones audaces. La prudencia es una virtud que se caracteriza por la sensatez, el buen juicio, la cordura, la discreción y la reflexión. La sensatez en materia contable se puede definir en ser consciente de cómo va a repercutir la aplicación del juicio profesional a futuro y en quien va a repercutir.

Para complementar y ampliar la aplicación el concepto de juicio profesional podemos decir que no solo en el área contable tiene relevancia si no también en materia fiscal tan es así que la fracción IV del artículo 27 de la ley del impuesto sobre la renta nos menciona lo siguiente:
“Art 27 Requisito de las deducciones:
Las deducciones autorizadas en este Título deberán reunir los siguientes requisitos: (…)
IV. Estar debidamente registradas en la contabilidad y que sean restadas una sola vez”
Entendiendo que el legislador lo que quiso decir es “que estén debidamente registradas de acuerdo con normas de información financiera”.

Recordando que las normas de información financiera engloban el concepto de juicio profesional.
A manera de conclusión, el concepto de juicio profesional específicamente para los contadores públicos lo rige la norma de información financiera A 1.
• Que la aplicación de los conocimientos técnicos es aquellos que se adquieren al estudiar una carrera y obtener un título profesional.
• Que la aplicación de la Experiencia es aquella que se genera con el ejercicio de la profesión, ampliando el panorama, obligándonos a mantener una mente abierta para la asimilación de otros conocimientos.
• En materia contable no debemos aplicar el juicio personal siempre debemos de aplicar el juicio profesional.

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